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Seguro de inclusión (incluido en todos nuestros paquetes) Seguro opcional
Notificación de los siniestros
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Un buen seguro de viaje es, posiblemente, uno de los puntos más importantes de tus vacaciones. La compañía Europea Seguros te garantiza un viaje perfecto gracias a su seguro opcional. Para más información acerca de la cobertura de este seguro consulta el apartado "Info Viaje". Compañia de seguros
Para asegurarte de que tienes una buena cobertura de viaje y sin pagar en exceso, Sunweb te facilita una póliza de seguro con la Cía. EUROPEA SEGUROS. Es una de las mejores compañías aseguradoras de España que te garantizará un seguro perfecto para tu viaje e incluso para poder anular tu reserva en caso de necesidad (únicamente con seguro opcional). Seguro de inclusión (incluido en todos nuestros paquetes)
PÓLIZA 07620002727
Prestaciones a realizar por el seguro:
COBERTURA A PERSONAS
1. Transporte o repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado, hasta un centro sanitario adecuadamente equipado o hasta su lugar de residencia habitual (Ilimitado).
2. Asistencia médica (gastos de hospitalización, de intervenciones quirúrgicas, de honorarios médicos, de gastos de enfermería y de productos farmacéuticos) en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado dentro de España (hasta 600,00 € máximo).
3. Asistencia médica (gastos de hospitalización, de intervenciones quirúrgicas, de honorarios médicos, de gastos de enfermería y de productos farmacéuticos) en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado en el extranjero (hasta 1.500,00 € máximo).
4. Desplazamiento y alojamiento de una persona acompañante del Asegurado hospitalizado en caso de enfermedad o accidente (residente en el país o lugar de residencia habitual del Asegurado a elección de éste):
- Desplazamiento al lugar de hospitalización ( viaje de ida y vuelta ) : Ilimitado
- Alojamiento: hasta 30,00€ diarios, con un límite máximo de 300,00 €, o diez días.
5. Prolongación de la estancia del Asegurado desplazado por prescripción facultativa, en caso de enfermedad o accidente (hasta 42,00 € diarios, con un límite máximo de 420,00 €, o diez días).
6. Transporte o repatriación del Asegurado fallecido y desplazamiento de una persona acompañante (residente en el país o lugar de residencia habitual del Asegurado) que acompañe el cuerpo, hasta el lugar de inhumación, cremación o ceremonia funeraria en su país de residencia habitual (Ilimitado).
7. Desplazamiento del Asegurado por interrupción del viaje, debido al fallecimiento de un familiar en el país de residencia habitual del Asegurado (Ilimitado), siempre que no pueda efectuar tal desplazamiento con el medio de transporte propio o contratado para realizar el viaje.
8. Desplazamiento del Asegurado por interrupción del viaje, debido a una emergencia en su residencia habitual o locales profesionales (Ilimitado), siempre que no pueda efectuar tal desplazamiento con el medio de transporte propio o contratado para realizar el viaje
9. Envío de medicamentos prescritos por un facultativo al Asegurado con carácter urgente y que no puedan hallarse en el lugar donde se encontrase desplazado ni ser sustituidos por medicamentos de similar composición (Ilimitado).
10. Transmisión de mensajes urgentes
COBERTURA DE EQUIPAJES
11. Indemnización en caso de pérdida, robo o destrucción total o parcial por el conjunto del equipaje y efectos personales facturados en vuelo, durante el transporte realizado por la compañía transportista (hasta 150,00 € máximo). Dicha indemnización complementará a la que corresponda al transportista.
12. Indemnización en caso de demora superior a 24 horas desde la llegada del vuelo, en la entrega del equipaje y efectos personales facturados en vuelo (hasta 90,00 € máximo) para sufragar los gastos de primera necesidad (aquellos que sean imprescindibles mientras el Asegurado espera la llegada del equipaje y efectos personales demorados).
13. Búsqueda, localización y envío de equipaje en caso de robo, pérdida o demora (Incluido).
COBERTURA EN CASO DE ACCIDENTES 14. En caso de fallecimiento indemnización hasta el límite de 6.000 Euros.
15. En caso de invalidez permanente indemnización hasta el límite de 12.000 Euros.
No quedan amparadas las personas mayores de 70 años, garantizándose a los menores de 14 años en el riesgo de muerte únicamente hasta 3.000 Euros, o hasta el límite fijado en Condiciones Particulares, si este fuese menor, para gastos de sepelio y para el riesgo de invalidez permanente hasta la suma fijada en Condiciones Particulares. La indemnización máxima en caso de siniestro será de 3.000.000 Euros, independientemente del número de Asegurados afectados. Seguro opcional
POLIZA 07620002728
Prestaciones a realizar por el seguro:
COBERTURA A PERSONAS
1. Transporte o repatriación sanitaria en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado, hasta un centro sanitario adecuadamente equipado o hasta su lugar de residencia habitual (Ilimitado).
2. Repatriación de un acompañante del asegurado (en caso de viajes contratados de manera conjunta) (Ilimitado).
3. Asistencia médica (gastos de hospitalización, de intervenciones quirúrgicas, de honorarios médicos, de gastos de enfermería y de productos farmacéuticos) en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado dentro de España (hasta 1.500,00 € máximo).
4. Asistencia médica (gastos de hospitalización, de intervenciones quirúrgicas, de honorarios médicos, de gastos de enfermería y de productos farmacéuticos) en caso de enfermedad o accidente del Asegurado desplazado en el extranjero (hasta 7.000,00 € máximo).
5. Desplazamiento y alojamiento de una persona acompañante del Asegurado hospitalizado en caso de enfermedad o accidente, si se prevé que la duración de la hospitalización será superior a 5 días (residente en el país o lugar de residencia habitual del Asegurado a elección de éste):
- Desplazamiento al lugar de hospitalización ( viaje de ida y vuelta ) : Ilimitado
- Alojamiento (si la hospitalización es en el extranjero): hasta 90,00€ diarios, con un límite máximo de 900,00€, o diez días
6. Prolongación de la estancia del Asegurado desplazado por prescripción facultativa, en caso de enfermedad o accidente (hasta 90,00€ diarios, con un límite máximo de 900,00€, o diez días).
7. Transporte o repatriación del Asegurado fallecido y de hasta 1 acompañante (residente en el país o lugar de residencia habitual del Asegurado), hasta el lugar de inhumación, cremación o ceremonia funeraria en su país de residencia habitual (Ilimitado).
8. Regreso anticipado del Asegurado debido al fallecimiento de un familiar no asegurado en el país de residencia habitual del Asegurado (Ilimitado), siempre que no pueda efectuar tal desplazamiento con el medio de transporte propio o contratado para realizar el viaje.
9. Regreso anticipado del Asegurado por siniestro grave en el hogar o despacho profesional (Ilimitado), siempre que no pueda efectuar tal desplazamiento con el medio de transporte propio o contratado para realizar el viaje.
10. Envío urgente de medicamentos que no puedan hallarse en el lugar donde se encontrase el Asegurado desplazado ni ser sustituidos por medicamentos de similar composición (Incluido).
11. Transmisión de mensajes urgentes (Incluido).
COBERTURA DE EQUIPAJES
12. Indemnización en caso de pérdida, robo o destrucción total o parcial por el conjunto del equipaje y efectos personales facturados en vuelo, durante el transporte realizado por la compañía transportista (hasta 750,00€ máximo). Dicha indemnización complementará a la que corresponda al transportista.
13. Indemnización en caso de demora superior a 24 horas desde la llegada del vuelo, en la entrega del equipaje y efectos personales facturados en vuelo (hasta 120,00€ máximo) para sufragar los gastos de primera necesidad (aquellos que sean imprescindibles mientras el Asegurado espera la llegada del equipaje y efectos personales demorados).
14. Localización y envío de los equipajes y efectos personales, hasta el lugar del viaje previsto o hasta el lugar de residencia habitual del Asegurado (Incluido).
COBERTURA POR DEMORAS
15. en la salida del medio de transporte público contratado por el Asegurado:
a)30,00 €, si la demora es superior a 6 horas
b)30,00 € más, si la demora fuera superior a 12 horas
c)30,00 € más, si la demora fuera superior a 18 horas
Con un límite máximo de 90,00 €
COBERTURA POR GASTOS DE ANULACIóN
16.Reembolso de los gastos de anulación facturados al Asegurado por las condiciones generales de venta del viaje hasta un límite de 1.500,00€ en caso de no poder realizar el viaje debido a:
Fallecimiento, accidentes corporales o enfermedades graves del Asegurado o de un familiar directo, o como consecuencia de un suceso grave que afecte a la propiedad del mismo y haga indispensable su presencia.
EXCLUSIONES DE COBERTURA POR GASTOS DE ANULACIóN
La garantía relativa a los gastos por anulación del viaje tiene vigencia desde la fecha de contratación del viaje y finalizará en el momento del inicio del viaje. No se garantizan las anulaciones de viaje que tengan su origen en:
a) Un tratamiento estético, una cura, una contraindicación de viaje o de vacunación, la imposibilidad de seguir en ciertos destinos el tratamiento médico preventivo aconsejado.
b) Las enfermedades preexistentes que han sido objeto de tratamiento médico en los 25 días previos a la contratación de la póliza.
c) Complicaciones del embarazo desde el séptimo mes salvo la interrupción espontánea del mismo.
d) Enfermedades psíquicas o mentales que no requieran más de siete días de hospitalización o internamiento.
e) Epidemias.
f) Tratamientos odontológicos no urgentes y los de rehabilitación
COBERTURA DE ACCIDENTES PERSONALES 24 HORAS
17. Fallecimiento accidental del Asegurado, como consecuencia de un accidente cubierto por la Póliza (hasta un máximo de 10.000,00€).
18. Invalidez permanente según baremo, como consecuencia de un accidente cubierto por la Póliza (hasta un máximo de 30.000,00€ máximo).
No quedan amparadas las Personas mayores de 70 años, garantizándose a los menores de 14 años en el riesgo de muerte únicamente hasta 3.000 Euros, o hasta el límite fijado en Condiciones Particulares, si éste fuese menor, para gastos de sepelio y para el riesgo de invalidez permanente hasta la suma fijada en Condiciones Particulares. La indemnización máxima en caso de siniestro será de 3.000.00€ independientemente del número de Asegurados afectados.
COBERTURA DE ACCIDENTES PERSONALES EN MEDIO DE TRANSPORTE
19. Indemnización por fallecimiento a consecuencia del accidente del avión, barco, tren o autocar de línea regular en que el Asegurado viaje como pasajero, incluyendo la subida y bajada de dichos medios de locomoción. (hasta 6.000,00€ máximo).
20. El traslado directo del domicilio a la estación Terminal (aeropuerto, estación FF.CC, etc.), y viceversa tanto en el lugar de origen como en el destino , siempre que dicho traslado lo realice en un medio de locomoción público, autobús, taxi, coche de alquiler con conductor, etc. (hasta un límite de 6.000€).
COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL PRIVADA
21. Responsabilidad Civil Privada: indemnizaciones pecuniarias que con arreglo a los artículos 1902 al 1910 del Código Civil viniere obligado a satisfacer el Asegurado como civilmente responsable de daños corporales o materiales causados involuntariamente a terceros, hasta un máximo de 60.000€.
Coste:
España;: 12 Euros
Europa y países Mediterraneo: 15 Euros
Resto Mundo: 26 Euros Notificación de los siniestros
Cuando se produzca alguno de los hechos objeto de las prestaciones garantizadas, el Asegurado podr´ solicitar por teléfono la asistencia correspondiente. Las llamadas que el Asegurado realice a tales efectos, se realizarán a los siguientes teléfonos::
Desde España: 91.344.11.55 Desde el extranjero: 00.34.91.344.11.55